El registro horario en las empresas en Andalucía es «rudimentario y no cumple» con la norma tras dos meses, según CCOO-A

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La obligación del registro horario en las empresas en Andalucía es rudimentario y no cumple con los requisitos legales del Real Decreto-Ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo’, aunque «la mayoría de empresas tiene implantado el sistema tras dos meses de aplicación.

Así lo señala CCOO-A, que destaca que el sistema implantado por la mayoría de las empresas «incumple» la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) del caso CCOO contra Deutsche Bank, que recoge la necesidad de que sea un sistema objetivo, fiable, accesible, verificable, no manipulable, permanente y en tiempo real.

De hecho, el sindicato explica que «casi todas las empresas han implantado una rudimentaria hoja de Excel, lo que no asegura a las personas trabajadoras ni a la representación sindical la consulta y acceso a la información».

En cuanto a la actuación de la inspección de trabajo, la central la ha calificado de «tibia» y «tardía», ya que, según argumenta, «está empezando a actuar ahora, visitando establecimientos hoteleros de temporada, chiringuitos, y actividades de vacaciones».

CCOO-A ha dejado claro que «hacen falta más órdenes de servicio destinadas a esta campaña de control del registro horario y ha reclamado mayor contundencia a la inspección en sus actuaciones para que ninguna empresa incumpla esta norma».

En cuanto a la campaña que puso en marcha el sindicato, CCOO ha explicado que «se han recibido más de 200 llamadas e innumerables mensajes de whatsApp en el teléfono 649 185 029, habilitado para informar y asesorar a los trabajadores sobre esta cuestión».

«Hemos recibido consultas de todas las provincias y, fundamentalmente, del sector de hostelería, comercio, oficinas y despachos, agropecuario e incluso de empleados de servicios públicos, como bomberos», explican desde el sindicato, al tiempo que puntualizan que «incluso se han puesto en contacto con nosotros algunos empresarios y gestorías, lo que demuestra las grandes dudas y desconocimiento que existe por la parte empresarial».

En cuanto al contenido de las consultas, han estado relacionadas sobre todo con el procedimiento a seguir para denunciar prácticas fraudulentas empresariales tendentes a incumplir la obligación de registro.

«Estas prácticas consisten en obligar a las empleados a engañar en la hora de entrada al puesto de trabajo, de manera que en lugar de hacer coincidir el acceso al puesto de trabajo con la hora real, tienen que registrar el inicio de jornada una o dos horas después, para evitar el cómputo total de horas prestadas».

En segundo lugar, las consultas han estado relacionadas con el método más adecuado para realizar ese registro horario. Al respecto, el sindicato explica que «cualquier medio digital que no suponga la cesión de datos biométricos (huella digital) o la geolocalización permanente (uso del móvil personal) resulta adecuado si cumple los requisitos del Real Decreto y, sobre todo de la sentencia».

«En todo caso, –añade– se debe asegurar un control sindical para evitar los abusos o la mala utilización de este registro pues ya estamos constatando amenazas empresariales incluso de despido a la hora de no cumplir el horario establecido».* El sindicato cuenta con una red de asesoramiento en todas las provincias andaluzas para ayudar a las personas trabajadoras a denunciar estas fraudulentas prácticas empresariales.

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