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lunes, diciembre 2, 2024

El Parlamento de Andalucía aprueba una subida del 2,25 por ciento en el sueldo de los diputados

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La Mesa del Parlamento de Andalucía ha aprobado una subida, con efectos de 1 de enero del presente año, del 2,25 por ciento en las retribuciones de los diputados y del personal al servicio de la institución, respecto a las vigentes a 31 de diciembre del pasado año.

Así se recoge en el acuerdo que adoptó la Mesa del Parlamento el pasado 30 de enero y que ha sido publicado este martes, casi dos meses después, en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA).

El acuerdo recoge también que se incrementará en un 2,25 por ciento el crédito disponible para productividad del personal. El crédito previsto para el fondo de acción social del personal no se modificará respecto del establecido para el ejercicio anterior.

Asimismo, se señala que el importe de los conceptos que el Parlamento asigna para gastos de viaje y desplazamiento de los diputados (indemnizaciones para gastos de estancia y manutención, e indemnizaciones por gastos de locomoción) permanecerá invariable respecto al pasado ejercicio.

Como se recordará, las indemnizaciones para gastos de estancia y manutención cuentan con una dotación mínima de 200 euros semanales si su residencia habitual está situada a un máximo de 100 kilómetros; 270 euros semanales si se localiza entre 101 y 200 kilómetros; 340 euros semanales si se ubica entre 201 y 300 kilómetros; y 410 euros si se encuentra a más de 300 kilómetros. Los miembros de la Mesa de la Cámara y los portavoces de los grupos parlamentarios perciben una ayuda semanal de 500 euros por este concepto.

Los diputados pueden además solicitar indemnizaciones por gastos de locomoción por el uso del propio automóvil para asistencia a sesiones parlamentarias a 0,25 euros por kilómetro, a calcular desde el domicilio declarado por el diputado hasta la sede de la Cámara autonómica. En caso de utilizar para tales desplazamientos un medio colectivo de transporte, avión o tren principalmente, cada diputado tendrá derecho a ser indemnizado únicamente con el importe del billete correspondiente, para lo que deberá aportar el original en los servicios administrativos de la Cámara.

El acuerdo de la Mesa señala, en relación con las retribuciones del personal al servicio del Parlamento, que, al incremento del 2,25 por ciento, se añadirá, con efectos 1 de julio del presente año, un 0,25 por ciento más de incremento salarial una vez cumplidos los requisitos exigidos «por el apartado 2 del artículo 3 del Real decreto ley 24/2018 de 21 de diciembre, o el incremento que proceda conforme a dicho precepto, si el incremento del PIB no alcanza el 2,5 por ciento en 2018».

El apartado 2 del artículo 3 del citado real decreto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, dispone que en el año 2019 las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,25 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2018.

No obstante, se añade que si el incremento del PIB a precios constantes en 2018 alcanzara o superase el 2,5 por ciento, se añadiría, con efectos de 1 de julio de 2019, otro 0,25 por ciento de incremento salarial.

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