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sábado, mayo 3, 2025

Andalucía estrena nuevo reglamento taurino este Domingo de Resurrección

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– El texto prohíbe los espectáculos cómico-taurino en los que se use la discapacidad como «burla»

– Se justifica en la necesidad de hacer la ley “más acorde” con la realidad, las “peculiaridades” sociales y las costumbres andaluzas

El nuevo reglamento taurino de Andalucía (Decreto 87/2025, de 26 de marzo) entre en vigor este 20 de abril, coincidiendo con la fecha más importante del calendario taurino de la región, el Domingo de Resurrección.

Así lo establece el propio reglamento, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado 31 de marzo y que establecía su puesta en funcionamiento 20 días después de salir a la luz.

El reglamento se justifica por “la necesidad de modificar algunos aspectos de su regulación, para hacerla más acorde con la realidad y con las peculiaridades de la sociedad y costumbres andaluzas. Se regula el toreo cómico, pero desvestido de todo elemento discriminatorio”.

En concreto, la normativa modifica que en los espectáculos de toreo cómico se promueva la “burla” de las personas con discapacidad. “Quedan prohibidos los espectáculos cómico-taurinos en los que se utilice la

circunstancia de la discapacidad para suscitar la burla, la mofa o la irrisión del público de modo contrario al respeto debido a la dignidad humana”, puede leerse en él.

En Andalucía también se incluyen los tentaderos públicos como una nueva clase de espectáculo y se recogen de forma expresa en la clasificación los espectáculos de recortadores y los de forcados. “Se definen con más exactitud las instalaciones de las plazas de toros y se hace especial hincapié en el cumplimiento de los requisitos sanitarios y de seguridad de los profesionales actuantes y del público en general”, continúa el texto.

El nuevo marco normativo crea el Registro de Presidentes de Plazas de Toros de Andalucía, “cuyo objeto es la inscripción de todas aquellas personas que superen los cursos de formación y las que hayan ejercido la presidencia de plazas de toros de primera y segunda categoría durante los últimos cinco años” y eleva el peso máximo de las reses en las novilladas con picadores en plazas de tercera y portátiles.

El reglamento también ahonda en cuestiones como los reconocimientos ‘post morten’, el diámetro reducido de las plazas de toros históricas, el sorteo de las reses, la composición de las cuadrillas y los derechos de devolución de entradas a los espectadores en caso de suspensión del espectáculo y de modificación por sustitución.

La norma consta de una parte expositiva, un artículo único relativo a la aprobación del Reglamento Taurino de Andalucía, seis disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. El reglamento consta de 79 artículos estructurados en dieciocho capítulos.

(SERVIMEDIA)

 

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