El Gobierno aprueba la reforma de la Constitución que refuerza los derechos de las personas con discapacidad

El Consejo de Ministros aprobó este martes al anteproyecto de ley que reforma el artículo 49 de la Constitución para reforzar los derechos de las personas con discapacidad y que, entre otros aspectos, elimina el término ‘disminuido’.

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La ministra portavoz de Gobierno, María Jesús Montero, señaló en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que este anteproyecto, cuya aprobación en 2019 ya intentó el Gobierno de Pedro Sánchez, busca “intensificar la incidencia de los principios rectores de la política social y económica en la realidad social sobre la que se proyectan, en este caso, la protección de las personas con discapacidad, y avanzar así en la protección social de aquellos sectores de la población que más lo precisan”.

Impulsado por el Comité Español de representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), un primer anteproyecto vio la luz en diciembre de 2018, basado en la propuesta de la Comisión de Políticas Integrales para la Discapacidad del Parlamento.

El Cermi calificó este martes como “día histórico” para la discapacidad y lo social por la aprobación de este anteproyecto de ley que ahora pasa a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria. Indicó que se trata de “una jornada trascendental para las personas con discapacidad y sus familias en España y también para todo el ámbito de lo social ya que, en sus más de cuatro décadas de vigencia es la primera reforma de la Constitución Española de 1978 que tiene clara y netamente un contenido social”.

El objetivo es reformular completamente el artículo 49, dedicado a las personas con discapacidad, que según Cermi, había quedado “desalineado y anticuado” dada la evolución que ha experimentado la concepción y el enfoque de la discapacidad como una “cuestión de derechos humanos”.

El nuevo artículo actualiza la terminología desterrando la palabra disminuidos que para Cermi es “hiriente y no encaja con el modelo social de la discapacidad”. Sin embargo, aparte del cambio de nomenclatura, para la entidad esta reforma “va mucho más allá”, puesto que establece un nuevo artículo mucho más amplio e integral que cristaliza la visión de derechos humanos de acuerdo con el marco internacional y europeo, además de prohibir expresamente cualquier tipo de discriminación.

ACTUALIZACIÓN

En esta línea, la ministra portavoz del Gobierno declaró que el artículo 49 de la Constitución supuso “un gran avance en la protección de las personas con discapacidad”, ya que “reconoció constitucionalmente al colectivo y previó un ámbito concreto de protección” pero “el paso de cuatro décadas ha hecho envejecer el texto constitucional, que además debe adaptarse a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas”, aprobada en 2006.

María Jesús Montero señaló que con esta reforma, el artículo 49 de la Constitución “se actualiza para adaptarlo” a dicho tratado, que “supuso un punto de inflexión” en el reconocimiento y protección de los derechos del colectivo.

Explicó que el anteproyecto “modifica íntegramente” el texto del artículo, tanto desde el punto de vista del lenguaje como de su estructura y contenido. En primer lugar, se modifica la terminología y el vocablo ‘disminuido’ se sustituye por la expresión ‘personas con discapacidad’. De esta manera, “se actualiza el lenguaje de una forma que refleja los propios valores de la Constitución y la dignidad inherente a este colectivo”.

También se reforma la estructura del artículo en coherencia con la multiplicación de los enfoques desde los que se aborda la discapacidad en la actualidad. Así, el precepto queda dividido en cuatro apartados, cada uno de los cuales refleja una dimensión diferente de la protección de las personas con discapacidad.

Por último, el contenido del artículo cambia para adaptarse a las concepciones actuales sobre la discapacidad, que ya no se basa en el enfoque médico-rehabilitador que subyace en su redacción original. De este modo, se pone el énfasis sobre los derechos y deberes de los que son titulares las personas con discapacidad, como ciudadanos libres e iguales, y se fijan los objetivos que deben orientar la acción positiva de los poderes públicos, como la plena autonomía personal y la inclusión social del colectivo, políticas que deberán respetar siempre la libertad de elección y preferencias de las personas con discapacidad.

La reforma incluye expresamente la participación de sus organizaciones representativas, a fin de que estén presididas por el diálogo civil y que estas organizaciones sean consultadas y cooperen activamente en la adopción de las políticas públicas que les afecten.

DEMANDA HISTÓRICA

Por su parte, la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, explicó en Twitter que la reforma “va más allá de una modificación terminológica” y señaló que se trata de “una demanda histórica de la sociedad civil”.

Belarra indicó que “permitirá hacer realidad un cambio de enfoque fundamental en la forma de abordar la discapacidad en nuestro país”” y expuso que el anteproyecto de ley “modifica por completo el articulado para dejar atrás un enfoque asistencialista y pasar a un reconocimiento centrado en los derechos humanos y, concretamente, en los derechos de las personas con discapacidad”.

Subrayó que se “reconoce que estas personas son titulares de derechos, sin que pueda producirse discriminación de ningún tipo” y que la nueva redacción establece también que “los poderes públicos garantizarán su plena autonomía e inclusión social, respetando sus preferencias y libertad de elección”, atendiendo, además, la situación específica de las mujeres y niñas con discapacidad, “víctimas de discriminación interseccional”.

Además, el nuevo artículo recogerá que todas las políticas que se lleven a cabo se elaborarán contando con las organizaciones representativas de las personas con discapacidad. A juicio de Belarra, “esta es la primera reforma social de la Constitución que pretende ampliar y reforzar la protección de derechos”,

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