El compromiso de los ayuntamientos con el ingreso mínimo vital

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En un nuevo “yo invito y tú pagas”, los Ayuntamientos contribuirán económicamente con más de 70 Millones de € anuales a la gestión del IMV. 

El Congreso de los Diputados ratificó en el día de ayer el Real Decreto Ley 20/2020 del Ingreso Mínimo Vital, por una amplia mayoría del arco parlamentario. Ciertamente todos nos hemos de felicitar por este nuevo gran avance de nuestro frágil Estado del Bienestar y es más que plausible el esfuerzo del Gobierno Central y la coordinación entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y la Vicepresidencia de Derechos Sociales, para alcanzar un acuerdo de aprobación en tan breve período de tiempo. 

No obstante, durante todo el proceso de gestación de la nueva norma y a pesar de lo que el RDL enuncia de forma pretenciosa en su exposición de motivos, el Ministerio del Sr. Escrivá ha mantenido una actitud de cierto oscurantismo y poca consulta tanto con Comunidades Autónomas, como con Entidades Locales, como con entidades del tercer sector, limitándose a suministrar informaciones y mensajes que más parecían globos sonda que una verdadera actitud de colaboración e intercambio. De hecho, a día de hoy (a falta de unos días para que las primeras solicitudes se produzcan), ni las Comunidades Autónomas tienen claros los límites y condiciones de su participación (quizá con las únicas excepciones de País Vasco y Navarra), ni se ha cerrado un acuerdo con las Entidades Locales (hemos conocido un borrador de propuesta de convenio con la FEMP muy discutible y que no aborda la condición “sine qua non” de la financiación) y tampoco a las entidades del tercer sector se les ha aclarado su anunciada y discutible participación, más allá de pedirles un esfuerzo por la información a los posibles beneficiarios con los que estén en contacto. 

A la espera de que el Ministerio vaya aclarando no pocas dudas en el desarrollo reglamentario utilizado con excesiva generosidad y frecuencia en el texto aprobado del RDL, queda palmaria la utilización de la administración local como agente, no ya de difusión y de orientación e información de los usuarios hacia el nuevo derecho (labor propia de los Servicios Sociales Municipales) sino como brazo ejecutor de buena parte del procedimiento administrativo necesario para conseguirlo, con excepción de la capacidad resolutoria. 

Por esto, resulta clamorosa la falta de reconocimiento (explícito y de la única forma admisible, la de la financiación) del compromiso que asumen los Ayuntamientos en la gestión del nuevo IMV, y de la generosidad que de nuevo se les exige en pro del reconocimiento de un nuevo derecho social a favor de sus vecinos. 

A la luz de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley, hoy nueva Ley, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) encuentra en los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales una preciosa herramienta de gestión capilarizada a través de los más de 8.000 Ayuntamientos del país, ampliando con ello exponencialmente y de una tacada la exigua red de oficinas del INSS disponibles por la TGSS. Y esto lo hace, además, a costa de “la hucha” de la Administración Local que es su superávit hasta ahora intocable. 

En efecto, una vez más en la historia de la Administración española, será la administración de proximidad -la administración local- y con ella los Servicios Sociales los que resulten decisivos en la ampliación de los derechos sociales de sus vecinos, con una generosidad -nuevamente- poco reconocida. 

Y es que, en virtud de los Convenios de Colaboración que se anuncian en el RDL, los Servicios Sociales de las Entidades Locales tendrán que hacer frente no sólo al inicio del expediente administrativo (solicitud) sino a la posterior tramitación y gestiones previas a la resolución de los más de 850.000 expedientes familiares que prevé tramitar el INSS, y que podrían afectar a más de 4,7 Mill de personas. Las EE.LL. españolas se comprometen con el INSS –aunque más exactamente habría que decir que el RD-Ley les impone unilateralmente – a cubrir sus propios costes de gestión del nuevo servicio – según cálculos de esta ADyGSS superiores a los 70 Mill de Euros-, utilizando para ello exclusivamente el superávit que la propia Corporación Local tuvo en el ejercicio anterior. Y acotado -además- al límite máximo del 5% de los Gastos de Personal -Capt I- habidos en su política de gasto 23 Servicios Sociales y Promoción Social. 

Sólo vía superávit de su propia Corporación Local podrán recibir los Servicios Sociales Municipales la financiación necesaria para reforzar sus estructuras y atender -con un mínimo de dignidad- las solicitudes de las 850.000 familias que se esperan atender en el primer decil de pobreza. 

Desde esta ADyGSS estamos absolutamente convenidos que las CC.LL españolas y sus Servicios Sociales Básicos o Comunitarios no faltarán a este nuevo compromiso con el nuevo derecho social, pero sí pedimos encarecidamente al Ministerio que vía desarrollo reglamentario subsane inmediatamente la incongruencia de asumir una nueva competencia en los términos previstos en la LBRL, y a su vez, el compromiso de su autofinanciación. 

Ya tenemos antecedentes del uso de esta técnica del “yo invito y tú pagas” en el ámbito de lo social y los resultados, como en el caso de la atención a la dependencia, no pueden ser más claros: sobrecarga del sistema y sus profesionales y lentitud y disfuncionalidades en la consecución de los objetivos que la norma de origen dice perseguir. 

No nos cansaremos de repetir que a los Servicios Sociales lo que le sobran son procedimientos administrativos y lo que les sigue faltando son vías de financiación claras y estables para reforzar sus plantillas y permitir que sus profesionales se dediquen, lejos de papeleos impropios, a las tareas de acompañamiento para la inclusión que son las que verdaderamente les corresponde. 

Financiar este nuevo esfuerzo de las Entidades Locales a través del incierto superávit del año anterior como se hace en las disposiciones finales del RDL, sobre todo teniendo en cuenta los efectos que sobre el mismo tendrá el afrontamiento a nivel local de la crisis provocada por Covid 19, es a todas luces un “pan para hoy y hambre para mañana” que no arroja sino grises augurios sobre la sostenibilidad a futuro del entramado de gestión sobre los que se apoya el nuevo derecho social. 

A tenor de los gastos habidos en Capitulo I en la política de gasto (23) Servicios Sociales y Promoción Social en la última liquidación publicada por el Ministerio de Hacienda correspondiente al presupuesto de 2018 y a falta de se publique la correspondiente a 2019, la Asociación ha hecho una aproximación orientativa de las aportaciones que habría de realizar cada entidad local de más de 20.000 habitantes para la autofinanciación de los futuros convenios de colaboración con el INSS para la gestión del IMV. 

Como siempre, estaremos vigilantes de que, si el Ministerio, al contrario de lo que proponemos, no realiza las aportaciones financieras necesarias en los anunciados convenios, al menos las entidades locales cumplan con las obligaciones que esta nueva “invitación” de la AGE les impone y no caigan en “la tentación” de exigir de sus Servicios Sociales que, con lo puesto y sin otro refuerzo, asuman la carga administrativa que la nueva prestación va a suponer. 

José Manuel Ramírez Navarro. Presidente de la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales

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